El Supremo permite prohibir pisos turísticos con el voto de tres quintos en comunidades de vecinos

El Tribunal Supremo de España ha decidido que las comunidades de vecinos tienen la autoridad para prohibir los pisos turísticos con una mayoría de tres quintos.

Esta decisión aclara la interpretación de la Ley de Propiedad Horizontal, lo que permite a las comunidades restringir el uso de apartamentos turísticos en favor del arrendamiento residencial, buscando una mejor convivencia entre residentes y turistas.

El Gobierno español está trabajando en una enmienda que facilitaría aún más esta restricción, permitiendo que las comunidades de vecinos tomen decisiones similares con la misma mayoría de votos, lo que podría impactar significativamente en el mercado de alquileres.

Con este cambio, el gobierno espera abordar el problema de la escasez de viviendas para arrendamiento convencional y reducir la presión sobre los precios de alquiler, que ha generado preocupaciones en varias ciudades.

Esto forma parte de un esfuerzo más amplio para equilibrar el mercado inmobiliario, asegurando que los residentes tengan acceso a viviendas asequibles mientras se regulan las actividades turísticas en áreas residenciales.

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