El Tribunal Supremo pone límite a la prescripción en devoluciones fiscales ante sentencia favorable

El Tribunal Supremo de España ha decidido que la Agencia Tributaria no puede rechazar la devolución de impuestos alegando prescripción si hay una sentencia judicial en contra de esta alegación.

El fallo se origina de un caso donde una empresa fue exonerada de acusaciones de deducción indebida de IVA después de una inspección que comenzó en 2008. A pesar de su absolución en 2016, la Agencia Tributaria había negado la devolución de 156,000 euros por motivos de prescripción, lo cual fue cuestionado por el Tribunal Supremo.

El Tribunal argumentó que el plazo de prescripción debe iniciar desde el momento en que se tiene conocimiento de una sentencia absolutoria. Esta aclaración establece un precedente en cuanto a la interpretación de las normas de prescripción y refuerza la idea de seguridad jurídica para los contribuyentes.

Esta decisión también limita las facultades de la Agencia Tributaria, evitando que pueda invocar la prescripción en casos donde ha inducido situaciones que afecten a los contribuyentes. Además, se subraya el principio de no enriquecimiento injusto del Estado, asegurando así que los contribuyentes no sean perjudicados por errores administrativos.

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