La Audiencia Nacional dictamina que el permiso parental de ocho semanas no es remunerado

La Audiencia Nacional de España ha decidido que el permiso parental de ocho semanas no debe ser remunerado, en consonancia con la Directiva europea de conciliación que no establece la obligatoriedad de pago durante este periodo.

A pesar de que algunos juzgados habían considerado necesario remunerar el permiso parental, la Audiencia sostiene que España cumple con las exigencias europeas a través de otras prestaciones más extensas, como las bajas por maternidad y paternidad, que abarcan 19 semanas.

La sentencia subraya que, aunque el permiso parental no es pagado, el sistema legal español permite un número adecuado de semanas de ausencia retribuida, superando las normativas mínimas requeridas por la Unión Europea. Además, las familias monoparentales se benefician de una extensión de 32 semanas, lo que refleja la flexibilidad del marco legal para adaptarse a diferentes circunstancias familiares.

Esta decisión resalta la importancia de garantizar un balance entre la vida laboral y familiar en el contexto español, asegurando que las familias puedan contar con tiempo suficiente para la crianza de sus hijos, a la vez que se cumplen las regulaciones europeas.

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